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Finalmente, la MEDICINA DEL TRABAJO, tiene por objeto la Vigilancia de la Salud de los trabajadores en el lugar de trabajo, respetando el derecho a la intimidad y a la dignidad del individuo, así como la confidencialidad de toda la información relacionada con el estado de salud del trabajador.

Es preciso conocer si el trabajador de su empresa está facultado para llevar a cabo las tareas relacionadas con su puesto de trabajo y conocer mediante controles periódicos si tal faculta y capacidad se ha visto disminuida por enfermedad, cual sea ésta y su origen, además de su vinculación al trabajo desempeñado.

P.M.A. realizará un estudio profesionalizado de la salud de los trabajadores a través de la Medicina del Trabajo, disponiendo de médicos especialistas en Medicina del Trabajo, ATS de Empresa facultados para la realización de todas las actuaciones propias de la disciplina de la Vigilancia de la Salud previstas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

P.M.A., realizará exámenes médicos periódicos a los trabajadores, así como los iniciales a los recién llegados a la empresa, aplicando, según los riesgos inherentes y específicos a su puesto de trabajo.
PMA realizará estudios tendentes a la promoción de la salud de los trabajadores así como formación e información sobre los riesgos de la salud en su trabajo.
Asimismo formará en técnicas de socorrismo y primeros auxilios como establece la propia Ley.

Todo ello, previendo las oportunas campañas de vacunación, promoción de programas de Medicina Preventiva para el control de factores de riesgo, hábitos saludables y programas personalizados de las necesidades concretas de la empresa y de los trabajadores.

Actuaciones en la Gestión de la especialidad de la Medicina del Trabajo:

  • Confección de relación de trabajadores asignados a cada puesto de trabajo.

  • Determinación de tipo de reconocimiento medico especifico y obligatorio.

  • Relación de trabajadores especialmente sensibles.

  • Confección de la relación de trabajadores encargados de las medidas de primeros auxilios y evacuación en caso de accidente.

  • Documentación de comunicaciones a los delegados de prevención.

  • Documentación de primeros auxilios.

  • Comunicación al personal encargado de los primeros auxilios.

  • Informe de determinación de reconocimientos específicos y reglamentos especiales.
  • Informe de evaluación de la salud:


  • Iniciales.

  • Periódicos.

  • Tras ausencia prolongada.

  • Especiales (embarazadas, menores).

  • A intervalos periódicos.
  • Planificación de la acción preventiva en vigilancia de la salud:


  • Solicitud formal de reconocimiento medico y tipo.

  • Carta de comunicación a los representantes de los trabajadores.

  • Comunicación de no aceptación de reconocimiento medico.

  • Comunicación y confección de la organización de campañas de vacunación especificas.

  • Recomendaciones a la empresa en materia de vigilancia de la salud.

  • Estadísticas que se desprenden de los controles médicos.

  • Contenido y pruebas a realizar en el reconocimiento médico general y específico:


  • Investigación de accidentes y enfermedades profesionales.

  • Plan de evacuación en caso de emergencia sanitaria.

  • Procedimientos de protección a trabajadores sensibles

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